
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) reiteró recientemente el alcance de la Ley 6 de 1987, norma que garantiza una serie de beneficios y descuentos para jubilados, pensionados y personas de la tercera edad en Panamá.
¿Quiénes pueden acceder a estos beneficios?
De acuerdo con Acodeco, los beneficiarios incluyen:
- Mujeres panameñas o residentes extranjeras de 55 años o más.
- Hombres panameños o residentes extranjeros de 60 años o más.
- Todos los jubilados y pensionados, independientemente de su edad.
La acreditación de esta condición se realiza únicamente con la cédula de identidad personal o el carné de jubilado o pensionado por invalidez. La ley también establece que ningún agente económico está autorizado a tomar fotografías de estos documentos, incluso bajo el argumento de mantener registros comerciales.
Además, los beneficiarios tienen derecho a recibir trato prioritario en oficinas públicas.
Descuentos establecidos por ley
Los descuentos para jubilados y pensionados abarcan diversas áreas de consumo y servicios:
- Recreación y entretenimiento:
- 50% en cines, teatros, deportes y espectáculos públicos (excepto eventos benéficos).
- Transporte público:
- 30% en autobuses interurbanos, trenes, lanchas y barcos.
- 25% en pasajes aéreos nacionales e internacionales.
- Hoteles y alojamientos:
- 50% de lunes a jueves.
- 30% de viernes a domingo.
- Restaurantes:
- 25% de descuento en consumo individual.
- 15% en franquicias de comida rápida.
- Hospitales y clínicas privadas:
- 15% en la cuenta total del servicio.
- Farmacias:
- 20% en medicamentos.
- Servicios médicos:
- 20% en honorarios médicos y quirúrgicos.
- 15% en servicios de odontología y optometría.
- Pasaportes:
- 50% en el costo de solicitud.
- Impuesto de aeropuerto:
- 50% de descuento.
- Tarifa de energía eléctrica:
- 25% en el consumo residencial de hasta 600 kWh.
- Servicio telefónico:
- 25% de descuento en una línea residencial.
- Consumo de agua potable:
- 25% en facturas de hasta B/.30.00.
- Servicios funerarios:
- 20% en ataúdes y urnas.
- Registro Público:
- Exoneración del 100% en inscripciones y certificaciones de organizaciones sin fines de lucro.
Sanciones por incumplimiento
Acodeco advierte que cualquier persona natural o jurídica que incumpla con la aplicación de estos beneficios será sancionada con multas que van desde 50 hasta 5,000 dólares. Los fondos recaudados se destinan al Fondo Especial para Jubilados y Pensionados.

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